Movilidad eléctrica en Córdoba: trámites, normativa y beneficios

En Córdoba, lo obligatorio para cargar un auto eléctrico es técnico: un circuito exclusivo con las protecciones de la norma AEA 90364-7-722 y, cuando la obra lo requiere, el certificado de un Instalador Electricista Habilitado según la Ley 10.281. Los beneficios son la tarifa de movilidad eléctrica de EPEC y la reducción de impuestos que corresponda. No existe una ley nacional de movilidad eléctrica sancionada.

Qué es obligatorio, qué es beneficio y qué recomendamos

TemaQué estableceTipoAlcance
Reglamentación AEA 90364-7-722 (edición 2024, vigente desde el 01/08/2024)Circuito de uso específico por punto de carga; diferencial de 30 mA como máximo, al menos tipo A, por punto; protección contra fugas en continua salvo que la traiga el cargador; termomagnética individual; IPX4 e IP4X al aire libre; sin prolongaciones ni adaptadores del lado del vehículoObligatorioToda instalación de carga
Ley provincial 10.281 de Seguridad EléctricaEl Instalador Electricista Habilitado, inscripto en el ERSeP, emite el Certificado de Instalación Eléctrica Apta y responde por la obra; la distribuidora lo exige para conexiones nuevas, reconexiones y modificacionesObligatorioProvincia de Córdoba
Tarifa de Movilidad Eléctrica de EPECTarifa residencial (acápite j del cuadro tarifario) para el titular que declare ser propietario de un vehículo eléctrico, con precio por franja horaria y kWh más barato en horario valleBeneficioUsuarios residenciales de EPEC
Impuesto a la Propiedad Automotor de CórdobaLa Ley Impositiva 2022 fijó que híbridos y eléctricos paguen el 50% del impuesto. Verificá con Rentas Córdoba si se mantiene para el año en cursoBeneficioVehículos radicados en Córdoba
Decreto 49/2025Arancel cero de importación para eléctricos e híbridos con valor FOB de hasta US$ 16.000, cupo de 50.000 unidades por añoBeneficio indirectoNacional (importadores y terminales)
Carga en Modo 3 con cargador de paredLa norma la recomienda; nosotros sumamos programación horaria para cargar en valle y control de carga si la potencia es justaRecomendación técnicaToda instalación

Cómo pedir la tarifa de movilidad eléctrica de EPEC

  1. Ser usuario residencial de EPEC y titular del suministro donde vas a cargar.
  2. Tener el título del vehículo eléctrico a tu nombre.
  3. Conseguir el certificado de apto eléctrico firmado por un profesional matriculado, que acredite la instalación de carga.
  4. Presentar la solicitud a EPEC. Según EPEC, firmó un convenio con ACARA para que las concesionarias inicien el trámite al entregar el auto.

Los pasos 2 y 3 surgen de lo informado por EPEC en abril de 2026; confirmá los requisitos y el canal de presentación vigentes directamente con EPEC. La empresa informó que la tarifa abarata el kWh en horario valle, entre las 23 y las 5 h.

Valores de octubre de 2026

Usuarios residenciales sin subsidio con consumo total de 120 a 500 kWh por mes, valores sin impuestos del cuadro vigente desde el 01/10/2026:

ConceptoTarifa residencial comúnTarifa Movilidad Eléctrica, horario valle
Primeros 120 kWh$ 250,30 por kWh$ 193,08 por kWh
Siguientes kWh$ 300,99 por kWh (excedente de 120 kWh)$ 218,43 por kWh (de 121 a 400 kWh)
Horario pico, para compararNo discrimina horario$ 303,75 por kWh (primeros 120 kWh)

Como el horario pico de la tarifa de movilidad cuesta más, conviene si podés concentrar la carga de noche. Simulalo en la calculadora.

Carga pública en Córdoba

En abril de 2026 EPEC informó 21 puntos de carga propios, 55% en Córdoba capital y el resto en San Francisco, Marcos Juárez y rutas turísticas como Calamuchita, Punilla y el corredor a Rosario. Su plan es llegar a 34 puntos a fines de 2026 y a 47 a fines de 2027. En ese momento la carga era gratuita y la empresa estaba probando un sistema de pago.

Datos que todavía no pudimos verificar en fuentes oficiales y por eso no publicamos: trámites de patentamiento propios de los eléctricos y la vigencia 2026 del beneficio en el impuesto automotor. Los sumamos cuando estén confirmados.

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Preguntas frecuentes

¿Hace falta un permiso para instalar un cargador de auto eléctrico en Córdoba?

No hay un permiso específico para el cargador, pero la instalación debe cumplir la reglamentación AEA 90364-7-722 y, según la Ley 10.281, las obras que requieran certificación las firma un Instalador Electricista Habilitado inscripto en el ERSeP.

¿Qué es la tarifa de movilidad eléctrica de EPEC?

Es una tarifa residencial para titulares que declaran ser propietarios de un vehículo eléctrico, con precios por franja horaria y kWh más barato en horario valle. Está incluida en el cuadro tarifario de EPEC.

¿Los autos eléctricos pagan patente en Córdoba?

La Ley Impositiva 2022 de Córdoba fijó que híbridos y eléctricos paguen el 50% del impuesto automotor. Confirmá con Rentas Córdoba si el beneficio sigue vigente este año.

¿Hay una ley nacional de movilidad eléctrica?

No hay una ley nacional sancionada. Rigen normas técnicas como la AEA 90364-7-722 y medidas puntuales como el arancel cero del Decreto 49/2025.

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Fuentes oficiales verificadas por ARSOLAR el 9 de octubre de 2026: Asociación Electrotécnica Argentina, AEA 90364-7-722, edición 2024; ERSeP, Ley 10.281 de Seguridad Eléctrica; cuadro tarifario EPEC vigente desde el 01/10/2026 (Res. Gral. ERSeP 25/2026); Rentas Córdoba, Impuesto a la Propiedad Automotor; Argentina.gob.ar, cupo 2026 sin arancel. Información de EPEC sobre requisitos de la tarifa y red de carga: InfoNegocios (24/04/2026). Esta guía es informativa y no reemplaza la consulta al organismo correspondiente.